INSPIRE
INSPIRE (Infrastructure for Spatial Information in Europe) establece las reglas generales para el establecimiento de una Infraestructura de Información Espacial en la Comunidad Europea basada en las Infraestructuras de los Estados miembros. Fue aprobada por el Parlamento Europeo y el Consejo el 14 de marzo de 2007 (Directiva 2007/2/CE). Su propósito es poner a disposición información geográfica relevante, concertada y de calidad de forma que se permita la formulación, implementación, monitorización y evaluación de las políticas de impacto o de dimensión territorial de la Unión Europea.
Para asegurar que las infraestructuras de datos espaciales de los Estados miembros sean compatibles e interoperables en un contexto comunitario y transfronterizo, la Directiva exige que se adopten Normas de Ejecución comunes (Implementing Rules) específicas para las siguientes áreas: metadatos, conjuntos de datos, servicios de red, seguimiento e informes. Algunas de estas normas son Reglamentos de la Comisión Europea y por tanto son de obligado cumplimiento en cada uno de los países de la Unión Europea. La implementación técnica de estas normas se realiza mediante las Guías Técnicas o Directrices (Technical Guidelines), documentos técnicos basados en estándares y normas Internacionales.
La trasposición de la Directiva a nivel nacional se llevó a cabo mediante la Ley 14/2010, de 5 de julio, sobre las infraestructuras y los servicios de información geográfica en España (LISIGE), que incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2007/2/CE para su cumplimiento e incluyendo el establecimiento de la Infraestructura de Información Geográfica de España. Esto garantiza la integración del conjunto de infraestructuras de información geográfica y servicios interoperables de información geográfica bajo la responsabilidad de las Administraciones Públicas españolas. Entre sus cometidos está la creación del Consejo Directivo de la Infraestructura de Información Geográfica en España (CODIIGE) donde uno de sus objetivos principales es adoptar los Reglamentos por los que se establezcan las especificaciones técnicas INSPIRE correspondientes a la interoperabilidad de los datos geográficos y servicios de información geográfica vigilar su cumplimiento.
En lo que se refiere a conjuntos de datos, la Directiva define 34 áreas temáticas, priorizadas en 3 anexos, para las cuales se desarrollaron las normas de ejecución y directrices técnicas que los estados miembros han de usar para adaptar sus conjuntos de datos a los requerimientos europeos y evitar así duplicidades. Es muy importante recalcar la importancia de saber que INSPIRE no demanda la producción de nuevos datos geográficos, no es una iniciativa de producción, si no que demanda de los Estados Miembros la adaptación de sus datos nacionales de acuerdo a sus normas.
Áreas temáticas de INSPIRE
En concreto la ocupación del suelo se encuentra dividida en dos temas INSPIRE:
- Anexo II, tema 2, Cubierta Terrestre (Land Cover, LC): Cubierta física y biológica de la superficie de la tierra, incluidas las superficies artificiales, las zonas agrarias, los bosques, las zonas naturales o seminaturales, los humedales y las láminas de agua.
- Anexo III, tema 4, Usos del Suelo (Land Use, LU): Caracterización del territorio, de acuerdo con su dimensión funcional o su dedicación socioeconómica actual o futura planificadas (por ejemplo, residencial, industrial, comercial, agrario, forestal, recreativo).
Más información en el geoportal Inspire y en el geoportal IDEE.